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MARTOS, ANA LORENZA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajuste de haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza confirmó en parte la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de normas que establecían índices de actualización de las remuneraciones.

Costas Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Jubilacion Indice de actualizacion Reajuste Retroactivo Ripte Isbic Haber inicial


¿Quién es el actor?

Ana Lorenza Martos

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia y se declara la inconstitucionalidad del decreto 807/2016, resoluciones de ANSES 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social 6/2016 y 1/2018, por invadir atribuciones del Poder Legislativo. Se mantiene la aplicación del índice ISBIC para actualizar el haber inicial conforme al precedente "Elliff". Se desestima el agravio sobre el límite de la doctrina "Villanustre". Se confirma la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias y se imponen costas a la demandada vencida. Fundamentos principales:
- La fijación del índice de actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial es una atribución exclusiva del Poder Legislativo, por lo que las normas administrativas que la regularon son inconstitucionales.
- La doctrina "Villanustre" no es aplicable al régimen de la Ley 24.241 porque el haber inicial no está determinado en un porcentaje.
- El retroactivo previsional se encuentra exento del impuesto a las ganancias por aplicación del art. 20 inc. v) de la ley.
- Corresponde imponer las costas a la demandada vencida conforme al art. 36 de la Ley 27.423.

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