MAYOL, PEDRO OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad de la Ley N° 27.609, ordenando su recálculo mediante la aplicación del Índice de Precios al Consumidor.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la actora. Declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ley N° 27.609 sobre movilidad jubilatoria y ordenó a ANSeS recalcular el haber aplicando el Índice de Precios al Consumidor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La fórmula de movilidad de la Ley N° 27.609 no se encuentra acorde al principio de sustitutividad y proporcionalidad que rige en materia previsional, al no contemplar adecuadamente la evolución del costo de vida. Se acreditó una considerable pérdida del poder adquisitivo de los haberes durante su vigencia. La aplicación del IPC resulta el índice más adecuado para preservar el valor real de las prestaciones.
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