GONZALEZ, MARIA CELIA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Cámara Federal de Posadas confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES reajustar los haberes de la jubilada con el índice ISBIC.
¿Quién es el actor?
María Celia GONZÁLEZ
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales por movilidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Posadas confirmó la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSES reajustar los haberes de la Sra. González aplicando el índice ISBIC, sin la limitación temporal de la Resolución N° 140/95.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido reiteradamente el deber de los tribunales inferiores de conformar sus decisiones a los precedentes de dicho Tribunal.
- Respecto al índice de actualización de las remuneraciones, la Corte Suprema en el fallo "Elliff" determinó que el ISBIC debe aplicarse sin la limitación temporal de la Resolución N° 140/95, a fin de mantener la razonable proporción entre los ingresos activos y pasivos.
- La Cámara consideró que no existían motivos válidos para apartarse de la doctrina del caso "Elliff" fijada por la Corte Suprema.
- En cuanto a la aplicación del índice RIPTE propuesto por la ANSES, la Cámara entendió que dicho índice fue establecido por un organismo que carecía de facultades para ello, por lo que corresponde mantener el criterio del índice ISBIC.
- Sobre la actualización de la PBU, la Cámara señaló que esa cuestión debe analizarse en la etapa de liquidación, a fin de determinar si existe una merma confiscatoria.
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