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PEÑALOZA, OSVALDO EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de un decreto que limitaba las costas a la parte vencida.

Costas Legitimacion pasiva Impuesto a las ganancias Retroactivo Reajuste previsional Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia


¿Quién es el actor?

Osvaldo Eduardo Peñaloza

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recálculo de la prestación compensatoria (PC) y de la prestación adicional por permanencia (PAP), exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo

¿Qué se resolvió?

Se confirma el reajuste del haber inicial por los índices correspondientes. Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, se ordena que no se le impute dicho impuesto al retroactivo, por considerarlo una actualización monetaria exenta. Se declara la inconstitucionalidad de un decreto que limitaba las costas a la parte vencida, y se imponen las costas a ANSES.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha ordenado la aplicación sin limitación temporal del índice ISBIC para el reajuste de haberes.
- El retroactivo derivado del reajuste de un haber jubilatorio no debe tributar impuesto a las ganancias, por ser una actualización monetaria exenta.
- El juez debe velar por la integridad del haber jubilatorio y revisar cualquier situación que implique una disminución del mismo.
- La ANSES, como mero agente de retención, tiene legitimación pasiva para reclamarse la exención del impuesto a las ganancias.
- Las costas deben imponerse a la vencida, salvo que existan razones para apartarse de ese criterio.

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