ARRABAL RODRIGUEZ, NORMA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad establecida en la Ley N°27.609 y ordenó el reajuste del haber con el Índice de Precios al Consumidor.
Reajuste del haber previsional
¿Qué se resolvió?
Se declara la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad de la Ley N°27.609 por no guardar relación con la evolución del costo de vida y el principio de sustitutividad. Se ordena el reajuste del haber aplicando el Índice de Precios al Consumidor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La fórmula de movilidad de la Ley N°27.609 no tuvo en cuenta la acelerada inflación que atravesó el país, provocando una significativa pérdida del poder adquisitivo de los haberes previsionales.
- La jubilación debe mantener una proporción razonable con los ingresos de los trabajadores activos, lo que no se cumplía con la aplicación de dicha ley.
- Corresponde al Poder Judicial suplir el vacío legal cuando la normativa aplicable resulta inconstitucional, estableciendo un mecanismo de actualización que preserve el valor real del haber.
- Se fija la aplicación del Índice de Precios al Consumidor como parámetro de movilidad, por reflejar fidedignamente la evolución del costo de vida.
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