MANFREY COOPERATIVA DE TAMBEROS DE COMERCIO E INDUSTRIALIZACION LIMITADA c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE POSADAS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Cooperativa Manfrey reclamó la inconstitucionalidad de la Tasa de Inspección Higiénica, Sanitaria y de Aptitud Bromatológica de la Municipalidad de Posadas. La Cámara Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cooperativa Manfrey promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Municipalidad de Posadas respecto a la "Tasa de Inspección Higiénica, Sanitaria y de Aptitud Bromatológica" establecida en el Código Fiscal Municipal. Manfrey alegó que la tasa es inconstitucional, ya que grava la mera introducción de sus productos lácteos elaborados en Córdoba y con habilitación del SENASA, afectando su derecho de ejercer el comercio sin restricciones en la jurisdicción municipal. La Cámara Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad de la tasa efectuada por el juez de primera instancia. Consideró que la aplicación del Código Fiscal Municipal se exhibe en pugna con las competencias del SENASA establecidas en el Código Alimentario Argentino y sus normas reglamentarias, que regulan el tránsito interprovincial de productos alimenticios. Por lo tanto, la tasa municipal obstaculiza el comercio interjurisdiccional, en violación de los arts. 9, 10, 11, 31 y 75 inc. 13 de la Constitución Nacional.
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