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SOTELO, LUIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de sus haberes previsionales. La Cámara Federal de Posadas confirmó la sentencia que ordenó el recálculo del haber inicial aplicando los criterios jurisprudenciales de la Corte Suprema.

Corte suprema de justicia de la nacion Confiscatoriedad Principio de no regresividad Reajuste de haberes previsionales Indice isbic

Reajuste de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que ordenó a la ANSES recalcular el haber inicial del actor aplicando el índice ISBIC sin limitación temporal, conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema ("Elliff"). La Cámara consideró que no existen motivos válidos para apartarse de dicha doctrina. Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema ha señalado reiteradamente el deber de los tribunales inferiores de conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte, sin perjuicio de la facultad de apartarse cuando median motivos valederos debidamente fundados.
- Respecto al índice de actualización, la Corte ha establecido que el empleo de un indicador salarial en materia previsional tiene como finalidad mantener una razonable proporción entre los ingresos activos y pasivos, y que dicha actualización no se halla comprendida en la derogación de cláusulas indexatorias de la Ley de Convertibilidad.
- El Tribunal consideró que no es razonable ni equitativo adoptar un índice diferente al ISBIC, propuesto por la Corte Suprema, para actualizar remuneraciones de la misma época, generando una desigualdad entre afiliados.
- En cuanto a la actualización de la PBU, corresponde su análisis en la etapa de liquidación a fin de verificar si existe confiscatoriedad, conforme el criterio de la Corte Suprema en "Quiroga".

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