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OVIEDO, BUENAVENTURA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de algunos decretos y resoluciones sobre la movilidad del haber.

Costas Impuesto a las ganancias Reajuste Prestacion previsional Prestacion basica universal Ripte Isbic


¿Quién es el actor?

BUENAVENTURA OVIEDO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de la prestación previsional (PBU/PC/PAP Moratoria)

¿Qué se resolvió?

Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Se confirmó la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial, se declaró la inconstitucionalidad de decretos y resoluciones sobre movilidad, y se mantuvo la imposición de costas a la demandada. Fundamentos relevantes:
- Se ratifica la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial conforme al precedente "Elliff".
- Se declara la inconstitucionalidad del Decreto 807/16, Resolución ANSES 56/2018 y Resolución SS 1/2018 sobre la aplicación del índice RIPTE, manteniendo el ISBIC.
- Se difiere el tratamiento de la actualización de la Prestación Básica Universal para la etapa de ejecución, siguiendo el precedente "Quiroga".
- Se rechaza el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 sobre los períodos devengados de julio a diciembre de 2017.
- Se confirma la eximición del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo.
- Se mantiene la imposición de costas a la demandada vencida, de conformidad con el art. 36 de la Ley 27.423.

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