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TAMBURINI, GABRIEL DANTE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional la fórmula de movilidad de la Ley N° 27.609 y ordenó el reajuste del haber acorde al Índice de Precios al Consumidor.

Inconstitucionalidad Seguridad social Indice de precios al consumidor Derechos de los jubilados Movilidad jubilatoria

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia, declaró inconstitucional la fórmula de movilidad de la Ley N° 27.609 y ordenó el reajuste del haber acorde al Índice de Precios al Consumidor. Fundamentos principales:
- La fórmula de movilidad de la Ley N° 27.609 no guarda relación con el costo de vida ni con la proporcionalidad de los salarios activos, generando una pérdida significativa del poder adquisitivo de los haberes previsionales.
- La declaración de inconstitucionalidad de oficio procede ante la comprobación de la notoria inconstitucionalidad de la norma.
- Corresponde establecer como mecanismo de movilidad la aplicación del Índice de Precios al Consumidor publicado por el INDEC, por reflejar fidedignamente la evolución de los precios y la pérdida del valor de la moneda.
- Se imponen las costas a la demandada vencida.

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