BENITO, SATURNINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de disposiciones reglamentarias sobre actualización del haber inicial.
Reajuste del haber previsional inicial
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia. Confirmó la aplicación de la doctrina "Elliff" para la actualización del haber inicial por aportes en relación de dependencia. Declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016, Resolución ANSES 56/2018 y Resolución Secretaría de Seguridad Social 1/2018 que establecían la aplicación del índice RIPTE. Mantuvo la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 respecto de los períodos devengados de julio a diciembre de 2017. Confirmó la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 26.417 estableció que las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se ajustaban por el índice ISBIC, mientras que las de marzo y meses siguientes debían actualizarse conforme al nuevo régimen previsional.
- Respecto a los aportes autónomos, corresponde determinar el haber inicial de modo que represente la misma proporción que existía entre las categorías por las que se hicieron los aportes y el haber mínimo de bolsillo vigente.
- La Corte Suprema declaró inconstitucionales la Resolución ANSES 56/2018 y la Resolución Secretaría de Seguridad Social 1/2018 que establecían la aplicación del índice RIPTE, al considerarlas una usurpación de facultades del Poder Legislativo.
- Se mantiene la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 por régresiva respecto de la movilidad de la ley 26.417.
- La exención del impuesto a las ganancias del retroactivo se fundamenta en la naturaleza de las sumas devueltas, que no son pasibles de afectación tributaria.
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