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DIAZ CASTRACANI, RICARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor impugnó la resolución que ordenaba el reajuste de sus haberes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la sentencia y estableció que las costas deben ser soportadas por la demandada.

Costas Impuesto a las ganancias Reajuste Haberes previsionales Precedente villanustre Ley n 24 241 Ley n 18 037


¿Quién es el actor?

Ricardo Díaz Castracani

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de reajuste de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES contra la resolución de primera instancia. La Cámara consideró que:
- No corresponde aplicar el límite establecido en el precedente "Villanustre" de la Corte Suprema, ya que ese criterio es propio del régimen de la Ley N° 18.037 y no del régimen de la Ley N° 24.241.
- Respecto a la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias, no es necesario citar a la AFIP, ya que no se cuestiona la constitucionalidad de la norma, sino que se determina que las sumas devueltas no son materia de afectación tributaria.
- En cuanto a las costas, corresponde imponerlas a la demandada vencida, de conformidad con el criterio establecido recientemente por la Corte Suprema en el fallo "Morales, Blanca Azucena c/ ANSES".

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