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GUTIERREZ, JUANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajuste de su beneficio previsional. La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de ciertas normas.

Costas Impuesto a las ganancias Seguridad social Movilidad Reajuste Ripte Pbu Isbic Haber inicial


¿Quién es el actor?

Juana Gutiérrez

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber inicial de la Prestación Básica Universal (PBU)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirma parcialmente la sentencia de primera instancia. Declara la inconstitucionalidad de la Resolución ANSES 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social 1/2018, que sustituyeron el índice ISBIC por el RIPTE para la actualización del haber inicial. También declara la inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley 27.426 en cuanto a la aplicación retroactiva desde julio a diciembre de 2017.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 26.417 estableció que las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se ajustan por el índice ISBIC, mientras que las de marzo en adelante se actualizan por el índice combinado previsto en la Ley 24.241. Por lo tanto, corresponde mantener el ISBIC para el cálculo del haber inicial.
- La Corte Suprema declaró que ANSES y la Secretaría de Seguridad Social se atribuyeron indebidamente la facultad de modificar el régimen de movilidad establecido por el Congreso.
- La aplicación retroactiva del artículo 2 de la Ley 27.426 sobre el período de julio a diciembre de 2017 resulta regresiva respecto de la movilidad alcanzada por la derogada Ley 26.417.

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