CORTEZ, ORLANDO MARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes en su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad establecida por la Ley N°27.609 y ordenó el reajuste del haber conforme al Índice de Precios al Consumidor.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad de la Ley N°27.609 por no mantener el poder adquisitivo de los haberes en contexto inflacionario. Ordenó su reajuste conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) hasta la entrada en vigencia del Decreto 274/2024.
Fundamentos relevantes:
- La fórmula de la Ley N°27.609 no guarda relación con el costo de vida ni la proporcionalidad de los salarios activos, provocando una pérdida del 50,3% del poder adquisitivo de los haberes.
- El Estado reconoció los defectos de dicha fórmula al dictar el Decreto 274/2024 que la reemplazó por el IPC.
- La movilidad jubilatoria es una garantía constitucional que debe mantener el estándar de vida de los jubilados.
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