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NAVAS, JORGE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la decisión de primera instancia, declarando inconstitucionales normas que regulaban la actualización del haber inicial y movilidad.

Costas Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Seguridad social Reajuste previsional Ripte Isbic Haber inicial


¿Quién es el actor?

Jorge Alberto Navas

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que:
- Ordenó a ANSES recalcular el haber inicial de acuerdo al índice ISBIC, desplazando la aplicación del índice RIPTE dispuesto por resoluciones de ANSES y la Secretaría de Seguridad Social.
- Declaró la inconstitucionalidad de la Resolución ANSES 56/2018, Resolución Secretaría de Seguridad Social 1/2018 y art. 3 del DNU 157/2018, por invasión de competencias del Poder Legislativo.
- Confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo y sus intereses.
- Impuso costas a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema en "Blanco" había declarado inconstitucionales las resoluciones que establecían el índice RIPTE, por ser facultad exclusiva del Congreso.
- La doctrina "Villanustre" de límites porcentuales no es aplicable al régimen de la Ley 24.241.
- El retroactivo previsional se encuentra exento del impuesto a las ganancias por disposición legal.
- Corresponde imponer costas a la vencida conforme art. 36 Ley 27.423.

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