ARGUELLO, NORMA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió reclamo por reajustes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia, declarando inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y confirmando la aplicación del art. 2 de la ley 27.426 sobre los períodos devengados de julio a diciembre de 2017.
¿Quién es el actor?
Norma Graciela Arguello
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el rechazo del planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 sobre los períodos de julio a diciembre de 2017. Declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y mantuvo el resto de lo resuelto en primera instancia.
Fundamentos relevantes:
- Respecto al diferimiento del tratamiento de la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), la Corte Suprema sostuvo que se debe considerar de manera concreta la incidencia de la ausencia de incrementos de ese componente sobre el total del haber inicial, y recién allí determinar si corresponde subsanar el daño. La Cámara compartió la solución adoptada por el juez de primera instancia de diferir el tratamiento de ese tema para la etapa de ejecución.
- En cuanto a la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 sobre los períodos de julio a diciembre de 2017, la Cámara entendió que dicha inconstitucionalidad resulta improcedente atento a la fecha en que la actora adquirió el derecho (enero 2019).
- Sobre la determinación del haber inicial por aportes en relación de dependencia, la Cámara confirmó lo resuelto por el juez de primera instancia, aplicando correctamente la doctrina del leading case "Elliff".
- En relación a la exención del impuesto a las ganancias, la Cámara concluyó que el haber jubilatorio no constituye una "ganancia" en términos técnico-legales susceptible de dicho tributo, y que el retroactivo, al compartir la naturaleza de actualización monetaria, también se encuentra exento.
- Respecto a la aplicación de la doctrina "Villanustre" sobre límites a los aumentos, la Cámara entendió que dicha doctrina no resulta aplicable al régimen de la Ley 24.241.
- En cuanto a la determinación del haber inicial por aportes autónomos, la Cámara ratificó los lineamientos desarrollados en el precedente "Makler".
- Sobre las costas, la Cámara confirmó la imposición a la demandada vencida, en línea con lo establecido en el fallo "Morales" de la Corte Suprema.
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