Incidente Nº 2 - ACTOR: ARGUELLO, JOSE LUIS Y OTROS DEMANDADO: CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/INCIDENTE
La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia que había declarado la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y ordenado la restitución de los montos descontados indebidamente.
Declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que aumentó el aporte previsional del 8% al 11% y restitución de los montos descontados indebidamente.
¿Qué se resolvió?
- La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97, siguiendo la jurisprudencia de la CSJN.
- Revocó la sentencia en cuanto al plazo de prescripción, estableciendo que es bienal y no anual.
- Modificó la sentencia para regular los honorarios de los abogados de la parte actora.
- Confirmó la imposición de costas a la parte demandada vencida.
Fundamentos principales:
- La CSJN ya se había pronunciado declarando la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 al no verificarse los requisitos de necesidad y urgencia.
- La prescripción bienal es aplicable a los haberes devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio, mientras que la prescripción anual rige para los haberes previos.
- En procesos sin monto determinado, como el presente, los honorarios deben regularse con un monto mínimo de 20 UMA, atendiendo a pautas como la labor desarrollada, la complejidad y novedad de la cuestión, entre otras.
- Las costas deben imponerse a la parte vencida, salvo en los casos de jubilados, pensionados o afiliados vencidos, en que se imponen en el orden causado.
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