HIKKILO, JUAN CARLOS c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió demanda por acceso a la jubilación por invalidez. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó liquidar el beneficio desde la fecha de solicitud administrativa.
Acceso a la jubilación por invalidez
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó liquidar el beneficio desde la retroacción de un año a la fecha de solicitud administrativa (05/10/2017), en lugar de la fecha fijada en primera instancia (24/02/2022). Confirmó el resto de la sentencia.
Los fundamentos relevantes de la decisión son:
- El juez de primera instancia aplicó correctamente el criterio de prescripción anual, pero consignó una fecha errónea de inicio de pago.
- Según el expediente administrativo, la fecha correcta de solicitud del reclamo es el 05/10/2018, por lo que el beneficio debe liquidarse desde el 05/10/2017.
- La Cámara cita precedentes propios que respaldan este criterio sobre la fecha de retroactividad del pago.
- En cuanto a las costas, se imponen a la parte vencida (ANSES) en ambas instancias, siguiendo la regla general.
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