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M., R. E. c/ INSJJYP s/AMPARO LEY 16.986

El actor inició amparo para obtener una prestación. La Cámara Federal confirmó la decisión de primera instancia de imponer las costas a la parte demandada.

Costas Honorarios Resarcimiento Vencimiento Amparo


¿Quién es el actor?

R. E. M.

¿A quién se demanda?

INSJJYP (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo para obtener una prestación

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la sentencia de primera instancia que impuso las costas del proceso a la parte demandada. Fundamentos principales:
- El principio general en materia de costas en amparos es el de la derrota, salvo que antes de la contestación del informe cese el acto u omisión que motivó el amparo, lo que no ocurrió en este caso.
- La imposición de costas no constituye una sanción, sino un resarcimiento de los gastos en que incurrió el vencedor para obtener el reconocimiento de su derecho.
- Tampoco corresponde eximición de costas o imponerlas por su orden, ya que el cumplimiento por la demandada no fue espontáneo sino como consecuencia de la medida cautelar previa.
- Los honorarios regulados al letrado de la parte actora se consideraron ajustados a derecho.

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