DIAZ, MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora demandó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Díaz María Cristina promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su beneficio previsional. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda. ANSES apeló la sentencia, cuestionando principalmente: i) el recálculo del haber inicial y la aplicación de los precedentes "Volonté" y "Makler"; ii) la aplicación del índice RIPTE de la Ley 27.260; iii) la tasa de interés; y iv) el rechazo del límite de la doctrina "Villanustre". La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la sentencia de primera instancia. Respecto de los agravios, señaló que: i) la cuestión del recálculo y precedentes "Volonté" y "Makler" ya había sido examinada por el tribunal; ii) la aplicación del índice RIPTE no procede pues la actora no se adhirió al programa de reparación histórica; iii) la tasa de interés fue correctamente resuelta; y iv) la doctrina "Villanustre" no resulta aplicable al régimen de la Ley 24.241. Por último, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 sobre costas.
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