A., L. A. c/ UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo contra la obra social por la supuesta pérdida de cobertura médica. La Cámara Federal revocó la sentencia y ordenó a la obra social mantener la cobertura.
Acción de amparo por supuesta pérdida de cobertura médica al jubilarse
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal hizo lugar al recurso de apelación, revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado el amparo, y ordenó a la obra social mantener la cobertura del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La creación del INSSJP no implicó el traspaso automático de los afiliados a las obras sociales al momento de jubilarse, sino que requiere la "opción" voluntaria de los beneficiarios.
- La obra social negó de forma arbitraria e ilegal la posibilidad del actor de continuar afiliado, violando su derecho a la libre elección de obra social.
- La normativa invocada por la obra social (art. 8 Decreto 292/95) no impide que el actor, al jubilarse, pueda unificar su afiliación eligiendo permanecer en la obra social que lo venía cubriendo.
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