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ESCUDERO, CARLOS MARIO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y diferió para la etapa de ejecución el análisis de la inconstitucionalidad de los topes.

Costas Recurso de apelacion Ripte Inconstitucionalidad de topes Reajuste de haberes previsionales Isbic

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Sr. Escudero Carlos Mario demandó a la ANSES por el reajuste de su beneficio previsional. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda. La ANSES apeló dicha resolución. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia del juez de grado. Por un lado, confirmó lo resuelto en cuanto al recálculo del haber inicial y el índice de actualización aplicado. Respecto al planteo de aplicar el índice RIPTE según la Ley 27.260, la Cámara consideró que no correspondía su aplicación por no haberse adherido el actor a dicho programa. En relación a la aplicación de las Resoluciones ANSES 56/2018 y SSS 1/2018, la Cámara señaló que la Corte Suprema declaró su inconstitucionalidad, debiendo aplicarse el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC). Por otro lado, la Cámara revocó parcialmente en cuanto al diferimiento del tratamiento de la inconstitucionalidad de los arts. 9 de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241, ordenando diferir su análisis para la etapa de ejecución de sentencia. Finalmente, la Cámara confirmó lo resuelto en cuanto a la exención del Impuesto a las Ganancias, la tasa de interés y la imposición de costas.

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