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BANDISTA, ENRIQUE EMILIO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de decretos que afectaban la movilidad jubilatoria.

Inconstitucionalidad de decretos Movilidad jubilatoria Indices de actualizacion Reajuste de haberes previsionales Recalculo de aportes autonomos


¿Quién es el actor?

BANDISTA ENRIQUE EMILIO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajuste de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el actor, declarando la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 que afectaban la movilidad jubilatoria. También ordenó el recálculo de los aportes autónomos conforme los criterios "Volonté" y "Makler". Confirmó lo demás resuelto en primera instancia. Fundamentos relevantes:
- Respecto a la movilidad jubilatoria, la Cámara consideró que la cuestión era sustancialmente análoga a lo resuelto en otros precedentes, por lo que correspondía confirmar lo decidido.
- En cuanto al recálculo de los aportes autónomos, la Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el recálculo conforme los criterios de la CSJN en "Volonté" y "Makler".
- Sobre la aplicación de índices de actualización, la Cámara rechazó la pretensión de aplicar el índice R.I.P.T.E. de la Ley 27.260, al considerar que el actor no se había adherido a dicho programa, por lo que resultaba inaplicable. Asimismo, declaró la inconstitucionalidad de las Resoluciones de ANSES 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social 1/2018, debiendo aplicarse el índice ISBIC.

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