G; H. E. c/ MUTUAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE GENERAL PUEYRREDON (MSTM) s/LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer,fertilidad
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó los honorarios regulados a los abogados del amparista en un juicio contra una mutual por cobertura de salud.
¿Quién es el actor?
H. E. G.
¿A quién se demanda?
MUTUAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE GENERAL PUEYRREDON (MSTM)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por cobertura de salud (leyes especiales sobre diabetes, cáncer, fertilidad)
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó los honorarios regulados a la parte actora, por considerar que se ajustaban a la Ley 27.423 en función de las labores profesionales, la extensión, el resultado favorable y la complejidad e importancia del juicio. Los jueces sostuvieron: "valorando las labores profesionales realizadas (desarrollada bajo la vigencia de la ley 27.423), su extensión y resultado favorable obtenido (que surge del decisorio obrante a fs. 28/31, que hizo lugar a la acción promovida, con costas a la demandada), como así también la complejidad e importancia del juicio, teniendo en cuenta el motivo, calidad jurídica del trabajo, la trascendencia del pleito, el tiempo empleado en la solución del litigio, y que las presentes actuaciones carecen de monto que pueda ser considerado como base arancelaria, entiendo que los honorarios regulados se ajustan a derecho, de acuerdo a lo establecido por los arts. 14, 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423, debiendo en consecuencia desestimarse la apelación intentada."
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