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B; J. I. c/ OBRA SOCIAL UNION PERSONAL DE LA NACION s/PRESTACIONES QUIRÚRGICAS

El actor promovió acción de amparo contra su obra social por la cobertura de una prestación quirúrgica. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción.

Obra social Derecho a la salud Cobertura medica Amparo Programa medico obligatorio


¿Quién es el actor?

J.I.B.

¿A quién se demanda?

Obra Social Unión Personal de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura de prestación quirúrgica

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo. Los principales fundamentos de la decisión son:
- La demandada no logró acreditar en autos las razones por las cuales no debía otorgarse la cobertura solicitada, limitándose a reiterar argumentos ya resueltos por el juez de primera instancia.
- La falta de inclusión expresa de la prestación reclamada en el Programa Médico Obligatorio (PMO) no puede ser un obstáculo para el otorgamiento de la cobertura, ya que el PMO constituye un límite inferior y las obras sociales pueden cubrir prestaciones fuera de ese listado.
- El derecho a la salud garantizado por la Constitución Nacional y la legislación de obras sociales debe prevalecer por sobre las restricciones del PMO.

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