C; G. M. c/ OBRA SOCIAL UPCN / ACCORD SALUD s/AMPARO LEY 16.986
Obra social impugna los honorarios regulados al abogado del ganador de un amparo por cobertura de salud. La Cámara Federal confirma los honorarios regulados en primera instancia.
El amparista G.M.C. demandó a la obra social UPCN/Accord Salud por incumplimiento en la cobertura de una prestación de salud. El Juzgado Federal de primera instancia hizo lugar al amparo y reguló honorarios al abogado del amparista en 25 UMA ($ 1.312.750). La obra social apeló los honorarios regulados, considerándolos elevados. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó los honorarios, valorando la labor profesional realizada, su extensión y resultado favorable, la complejidad e importancia del juicio y que las actuaciones carecían de monto base arancelaria, todo ello de acuerdo a lo establecido en los arts. 15, 16, 19, 48 y 51 de la Ley 27.423.
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