Logo

M; A. E. c/ OSUTHGRA s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó los honorarios regulados a la abogada de la parte amparista, considerados razonables en base a la labor profesional y resultado favorable obtenido.

Recurso de apelacion Honorarios Ley 27 423 Amparo Razonabilidad


¿Quién es el actor?

A. E. M.

¿A quién se demanda?

OSUTHGRA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo
- Ley 16.986

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó los honorarios regulados a la abogada de la parte amparista en 26 UMA ($ 1.275.950.-), considerándolos ajustados a derecho de acuerdo a los arts. 15, 16, 19, 48 y 51 de la Ley 27.423, en atención a la labor desarrollada, extensión y resultado favorable obtenido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Valorando la labor profesional realizada (desarrollada bajo la vigencia de la ley 27.423), su extensión y resultado favorable obtenido (que surge del decisorio obrante a fs. 51/52, que hizo lugar a la acción promovida, con costas a la demandada), como así también la complejidad e importancia del juicio, teniendo en cuenta el motivo, calidad jurídica del trabajo, la trascendencia del pleito, el tiempo empleado en la solución del litigio, y que las presentes actuaciones carecen de monto que pueda ser considerado como base arancelaria, entiendo que los honorarios regulados se ajustan a derecho, de acuerdo a lo establecido por los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423".

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar