H; C. I. (EN REPRESENTACION DE S G) c/ UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/LEY DE DISCAPACIDAD
La accionante promovió demanda por cobertura de prestación de acompañante terapéutico para su hijo menor con discapacidad. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar la cobertura al 100% sin limitaciones.
- Actor: C.I.H., en representación de su hijo menor S.G.
- Demandado: Unión Personal Civil de la Nación (UPCN)
- Objeto: Cobertura integral de prestación de "acompañante terapéutico escolar"
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la demandada brindar la cobertura de la prestación de acompañante terapéutico al 100%, sin limitaciones en el monto, conforme la Ley 24.901.
- Fundamentos:
La Cámara consideró que el derecho a la salud del menor se encuentra amparado por un marco constitucional y legal que establece la obligación de brindar cobertura integral a las personas con discapacidad, sin limitaciones en el monto. Destacó que la prestación requerida no se encuentra incluida en la Resolución 428/1999, por lo que debe ser cubierta al 100% por la obra social. Rechazó los agravios de la demandada por no haber ofrecido prestadores de su red.
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