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F; N. A. (EN REPRESENTACION DE F LN) c/ OSECAC s/LEY DE DISCAPACIDAD

El actor promovió acción de amparo por cobertura de acompañante terapéutico para su hijo menor con discapacidad. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar la prestación integral requerida.

Obra social Discapacidad Derecho a la salud Accion de amparo Acompanante terapeutico

Cobertura integral de acompañante terapéutico escolar para su hijo menor con discapacidad (autismo atípico)
- Decisión: La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado el amparo, y ordenó a la obra social brindar la cobertura integral de la prestación requerida por el médico tratante. Fundamentos principales:
- El menor se encuentra amparado por el derecho a la salud, consagrado constitucional y convencionalmente.
- La obra social no logró desvirtuar la necesidad de la prestación indicada por el médico tratante, recayendo en ella la carga de la prueba.
- La conducta de la obra social fue arbitraria al negar la cobertura requerida, poniendo en riesgo la salud y calidad de vida del menor.
- Corresponde la cobertura integral de la prestación, al 100%, ya que no se encuentra incluida en la Resolución 428/1999.

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