O., B. A. (EN REPRESENTACION DE M A) c/ MEDIFE s/LEY DE DISCAPACIDAD
La representante de una menor con discapacidad recurrió la sentencia que limitaba la cobertura de acompañante terapéutico. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó la cobertura integral de la prestación.
Cobertura integral de la prestación de acompañante terapéutico para su hija M.A., quien padece discapacidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, ordenando que la cobertura de la prestación de acompañante terapéutico sea brindada al 100%, sin limitación alguna, a cargo de la demandada. Los jueces destacaron que el derecho a la salud de la menor se encuentra amparado por un marco constitucional y legal que impone a las obras sociales la obligatoriedad de brindar una cobertura integral a las personas con discapacidad. En este contexto, consideraron que la prestación de acompañante terapéutico debe ser cubierta al 100% por la demandada, sin la limitación impuesta en primera instancia.
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