R., C. S. c/ ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS ( OSDE) s/AFILIACIONES
Familia demanda a prepaga OSDE por negar cobertura a tratamiento fonoaudiológico de su hijo. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a OSDE mantener la afiliación sin cobro de adicional por preexistencia.
Que OSDE mantenga la afiliación del grupo familiar al plan OSDE 2-210 en las mismas condiciones pactadas, sin cobro de adicional por preexistencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal rechazó el recurso de apelación de OSDE y confirmó la sentencia de primera instancia. Consideró que OSDE no acreditó la existencia de una enfermedad preexistente ni el procedimiento para aplicar el adicional, por lo que resulta improcedente el cobro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El derecho a la salud y su protección constitucional.
- Las obligaciones de las empresas de medicina prepaga según la Ley 26.682.
- No se acreditó la existencia de una enfermedad preexistente ni el procedimiento para aplicar el adicional, por lo que su cobro resulta arbitrario.
- Se debe resguardar el interés superior del niño.
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