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REYNAGA, MARIA c/ OSDE Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

Madre de menor interpuso acción de amparo para obtener cobertura integral de tratamiento contra pubertad precoz central. La Cámara Federal confirmó la sentencia que condenó a las obras sociales a brindar la cobertura total del medicamento indicado por la médica.

Derecho a la salud Amparo Cobertura de obra social Pubertad precoz central Tratamiento con analogo de gnrh


¿Quién es el actor?

María Reynaga y Ariel Sebastián Cardozo, en representación de su hija menor Catalina Cardozo Reynaga

¿A quién se demanda?

OSDE y O.S.C.O.M.M.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener cobertura integral del tratamiento de análogo de GnRH, acetato de TRIPTORELINA 11,25 MG para pubertad precoz central de la menor

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó a las obras sociales a otorgar la cobertura total e integral del tratamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho a la salud, especialmente en enfermedades graves, está íntimamente relacionado con el derecho a la vida.
- La Resolución 3437/2021 del Ministerio de Salud dispone la cobertura al 100% para el tratamiento de pubertad precoz central, sin limitar esa cobertura a menores de 8 años.
- Interpretación favorable al derecho a la salud de la niña, dado el marco constitucional y convencional.

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