M, S L Y OTRO c/ OSCHOCA-OBRA SOCIAL DE CHOFERES DE CAMIONES Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
Acción de amparo por cobertura de cirugía cardiovascular. La Cámara Federal confirma la sentencia de primera instancia, pero establece responsabilidad subsidiaria del Estado Nacional.
¿Quién es el actor?
S L M, en representación de su hijo menor C. F.
- Demandados: Obra Social de Choferes de Camiones (OSCHOCA) y Poder Ejecutivo Nacional -Ministerio de Salud y Acción Social-.
- Objeto de la demanda: Que se cubra el costo de la cirugía cardiovascular compleja requerida para el menor C. F.
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia, que había hecho lugar a la medida cautelar solicitada. Sin embargo, se establece que la responsabilidad del Estado Nacional es de carácter subsidiario respecto de la obra social.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El derecho a la salud implica un compromiso del Estado a su tutela, dictando normas y velando por su cumplimiento. Por lo tanto, el Estado Nacional mantiene una responsabilidad subsidiaria en la cuestión, a pesar de que la obra social es la obligada principal.
- Corresponde confirmar la imposición de costas a las demandadas vencidas, en función del principio objetivo de la derrota.
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