IÑIGUEZ, CLAUDIA CATALINA Y OTROS c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Edesur SA interpone recurso de aclaratoria por silencio sobre intereses de daño punitivo, que la Cámara Federal resuelve aclarar en sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa Edesur SA interpuso un recurso de aclaratoria contra la sentencia dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Sala I, con fecha 25 de junio de 2024, en la causa "IÑIGUEZ, CLAUDIA Y OTROS c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS". La empresa cuestionó que la sentencia no se había pronunciado sobre los intereses correspondientes a la condena en concepto de daño punitivo. La Cámara Federal resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de aclaratoria, aclarando que los intereses sobre la multa civil por daño punitivo deben computarse desde la fecha de la sentencia dictada el 25 de junio de 2024 y hasta su efectivo pago, a la tasa de interés pasiva promedio mensual publicada por el Banco Central. Para ello, la Cámara citó jurisprudencia de un plenario de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata sobre el cómputo de intereses en estos casos.
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