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TRACOGNA, JORGE ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor obtuvo jubilación con aplicación de índices de actualización cuestionados. La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y determinó que deben aplicarse los índices fijados por el Poder Legislativo.

Seguridad social Principio de legalidad Reajuste de haberes Indices de actualizacion Facultad del congreso


¿Quién es el actor?

TRACOGNA, JORGE ERNESTO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes jubilatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 respecto de la aplicación del índice combinado. Confirmó que es el Congreso Nacional quien tiene la facultad de establecer los índices de actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema en el precedente "Blanco" estableció que la elección de los índices de actualización es una potestad exclusiva del Poder Legislativo.
- El Congreso reasumió la facultad de fijar los índices de actualización a través de las leyes 26.417 y 27.609, por lo que deben aplicarse dichos índices legales.
- La declaración de inconstitucionalidad de una ley es un acto de extrema gravedad que debe realizarse solo cuando la repugnancia a la Constitución es clara e indudable.

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