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S. M. V. Y OTRO c/ SANCOR SALUD s/AMPARO LEY 16.986

Usuarios de medicina prepaga reclaman reincorporación y continuidad de la cobertura. La Cámara Federal confirma la sentencia que ordenó a la empresa mantener la afiliación y la prestación.

Medicina prepaga Declaracion jurada Enfermedad preexistente Cobertura Rescision de contrato Afiliacion

Que se restablezca la afiliación y la cobertura de psiquiatría y psicología a través de la plataforma virtual "PSIQUE".

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenando a SANCOR SALUD mantener la afiliación de los actores y continuar brindando la prestación en los mismos términos contratados, sin cobrar módulo por enfermedad preexistente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La empresa no acreditó que los usuarios hayan falseado la declaración jurada de salud al ingresar, por lo que no corresponde la cancelación de la afiliación.
- La normativa aplicable establece que para rescindir el contrato por falsa declaración, la empresa debe demostrar que el usuario sabía de la existencia de la enfermedad no declarada.
- No hay constancias de un diagnóstico concluyente previo a la afiliación sobre la patología del cónyuge, por lo que no puede tenerse por acreditado el falseamiento de la declaración.
- La empresa tenía facultades para realizar un examen médico más exhaustivo de ser necesario.

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