BISCOTTI, ALEJANDRA LILIAN c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES otorgar el beneficio de pensión a la actora, considerando que el derecho a la pensión procede aunque el causante no hubiese cumplido con los aportes previsionales requeridos.
Otorgamiento de beneficio de pensión
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSES otorgar el beneficio de pensión a la actora.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- El a quo resolvió haciendo aplicación del criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso "Pinto", considerando que el derechohabiente puede apelar a los medios que en vida tenía el causante para regularizar su deuda y solicitar luego la prestación previsional a la que tenga derecho.
- La Corte Suprema ha señalado que en la interpretación de las leyes previsionales el rigor de los razonamientos lógicos debe ceder ante la necesidad de que no se desnaturalicen los fines que la inspiran, que son la cobertura de riesgos de subsistencia, ancianidad y protección integral de la familia.
- El artículo 22 de la Ley 24.463, que establece un plazo de 120 días para el cumplimiento de la sentencia, no resulta aplicable en este caso, ya que se trata del otorgamiento de un beneficio previsional y no de un reajuste de haberes.
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