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CHETRIT RAMIREZ, BERTA SANDRA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/AMPARO LEY 16986 - PREVISIONAL

La actora promovió acción de amparo contra ANSES para que le permita adherirse al Plan de Pago de Deuda Previsional, pero la Cámara Federal revocó el rechazo de primera instancia y ordenó dar curso a la demanda.

Accion de amparo Edad jubilatoria Administracion nacional de la seguridad social anses Ley 27 705 Plan de pago de deuda previsional

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora Berta Sandra Chetrit Ramírez promovió una acción de amparo contra ANSES para que se le ordene arbitrar los medios necesarios para posibilitar su adhesión al Plan de Pago de Deuda Previsional para trabajadores en actividad de la ley 27.705. Relató que, al solicitar turno en una delegación de ANSES, ésta se encontraba cerrada por decisión del Poder Ejecutivo, y cuando pudo pedir otro turno, ya había cumplido 60 años, superando la edad límite de 50 a 60 años prevista en la ley. El juez de primera instancia rechazó la acción por considerar que no se acreditó la arbitrariedad o ilegalidad manifiesta ni la inexistencia de otras vías idóneas. La Cámara Federal revocó esa decisión y ordenó dar curso a la acción de amparo. Consideró que el cierre de la delegación de ANSES sin prever las consecuencias para las personas que ya tenían turno asignado configuró una arbitrariedad manifiesta que habilitaba la vía del amparo, más aún al tratarse de un derecho de carácter alimentario.

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