F. B., F. N. c/ UNION PERSONAL s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo por la cobertura médica de las prestaciones requeridas para su hijo con trastorno generalizado del desarrollo. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la obra social cubrir las prestaciones indicadas por los profesionales tratantes.
¿Quién es el actor?
Patricia Andrea Burguez, en representación de su hijo F.N.F.B.
¿A quién se demanda?
Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura médica de las prestaciones requeridas para su hijo con trastorno generalizado del desarrollo
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a la obra social cubrir las prestaciones indicadas por los profesionales tratantes del menor, incluyendo psicología, fonoaudiología, psicopedagogía, terapia ocupacional, educación física, zooterapia, apoyo escolar y transporte.
Los fundamentos principales fueron:
- Aplicación del marco constitucional y de tratados internacionales sobre derechos de personas con discapacidad y niños.
- Obligación de la obra social de brindar la cobertura necesaria para el tratamiento integral del menor, más allá de los límites establecidos en la normativa.
- La prescripción de los profesionales tratantes como criterio determinante para las prestaciones a otorgar.
- El carácter no taxativo del Programa Médico Obligatorio y la necesidad de interpretarlo de forma amplia para garantizar el derecho a la salud.
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