DIAZ, ANALIA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
Beneficiaria previsional demanda reajuste de haberes. La Cámara Federal modifica la sentencia de primera instancia y establece el índice a aplicar para la actualización de la Prestación Básica Universal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Analia Noemi Diaz, promovió demanda contra la ANSES reclamando el reajuste de su haber previsional. El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la acción, ordenando a la ANSES proceder al reajuste del haber previsional de la parte actora. Respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), el juez de primera instancia dispuso que si al actualizarla mediante el RIPTE, los montos resultantes fueran inferiores a los que resultarían de aplicar el ISBIC, ello generaría una disminución confiscatoria y regresiva, por lo que el artículo 3 de la ley 27.426 resultaría inaplicable por inconstitucional. La ANSES apeló el pronunciamiento, cuestionando: a) la actualización de la PBU mediante ISBIC; b) la inconstitucionalidad del artículo 3 de la ley 27.426; y c) las declaraciones de inconstitucionalidad respecto de los topes establecidos por las leyes 24.241, 24.463 y la resolución 06/2009. La Cámara Federal revocó la sentencia en lo que respecta al índice dispuesto para actualizar la PBU, estableciendo que corresponde el ajuste del AMPO/MOPRE según el índice del precedente "Badaro" (Índice de Salarios Nivel General, publicado por el INDEC) por el período comprendido entre el 01/01/2002 y el 31/12/2006, y con posterioridad, los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio o hasta la sanción de la ley 26.417 (28/02/2009), lo que ocurra primero. La Cámara difirió el tratamiento de los agravios sobre los topes legales.
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