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GODOY, HUGO ALBERTO Y OTROS c/ INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA EL PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Retirados militares demandan por el adicional de la zona austral. La Cámara Federal rechaza el recurso de apelación y confirma la decisión que ordena a la demandada abonar el suplemento.

Legitimacion pasiva Retirados militares Ley 19 485 Beneficio por zona austral Desarrollo regional

Incorporar en sus haberes de retiro el adicional instituido por el art.1º de la ley 19.485 (texto según el Decreto 1472/2008), como así también abonarles las diferencias devengadas desde septiembre de 2019.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal rechaza el recurso de apelación interpuesto por el demandado y confirma la sentencia que hace lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares es el organismo legitimado para asumir la calidad de demandado en este tipo de reclamos.
- El suplemento por "zona austral" de la ley 19.485 no se confunde con el haber jubilatorio, sino que responde a un propósito de desarrollo demográfico y fomento de ciertas regiones, por lo que corresponde su aplicación a los retirados militares que residan en la zona abarcada por la ley, más allá de la composición de su haber.
- Para la liquidación del adicional, se debe tomar el haber total sin incluir el rubro "zona desfavorable" u otro concepto equivalente.

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