RICCIARDI, MIRNA DE LOS MILAGROS - EN REPRESENTACION DE SU HIJO MENOR DE EDAD, J.A.M.S. - c/ OSDE s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES
La actora promovió acción de amparo contra OSDE solicitando la cobertura de cuidador domiciliario permanente y otros tratamientos para su hijo menor con discapacidad. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia, ordenando a OSDE la provisión de la silla postural prescripta.
- Actora: Mirna de los Milagros Ricciardi, en representación de su hijo menor J.A.M.S.
¿A quién se demanda?
OSDE
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de cobertura de cuidador domiciliario permanente, traslados y otros tratamientos para el hijo menor de la actora con discapacidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones hizo lugar parcialmente al recurso de OSDE, revocando la sentencia en cuanto ordenaba la provisión de "instrumentos terapéuticos" en términos genéricos, debiendo limitarse a la silla postural prescripta. Confirmó el resto de la sentencia que ordenaba la cobertura del cuidador domiciliario permanente y traslados.
Fundamentos relevantes:
- El derecho a la salud y a la asistencia médica integral están protegidos por la Constitución Nacional y Tratados Internacionales.
- La Ley 24.901 establece un sistema de prestaciones básicas obligatorias para personas con discapacidad.
- Corresponde atender a la prescripción médica sobre la necesidad del cuidador domiciliario permanente para el menor.
- El monto a abonar por el cuidador debe regirse por el Nomenclador de Prestaciones por Discapacidad, categoría Hogar Permanente con Centro de Día Categoría A.
- La sentencia no puede ordenar genéricamente la provisión de "instrumentos terapéuticos", debiendo limitarse a los específicamente indicados.
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