(S/1) HUGHES GENOVESE, LORENA ARACELI c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL - SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL Y OTRO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
Empleada del Servicio Penitenciario Federal impugna decreto y resolución que modificaron el cálculo de su suplemento por antigüedad. La Cámara Federal confirma el rechazo de la demanda, al considerar que no existe derecho adquirido al mantenimiento de las mismas reglas de cálculo.
Impugnar Decreto 586/19 y Resolución 607/19 que modificaron el cálculo del suplemento por antigüedad (SAS) de 2% a 0,5% por año de servicio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal rechaza el recurso de apelación interpuesto por la actora. Considera que no existe un derecho adquirido al mantenimiento de las mismas reglas de cálculo del haber jubilatorio, citando jurisprudencia de la Corte Suprema. Además, sostiene que los haberes nominales de la actora no se vieron disminuidos. "Es que, tengo que este cuerpo, mutatis mutandis, ya se expresó sobre el asunto en trato mediante la sentencia dictada en autos "Rodríguez, Fabio Raúl c/ Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ suplementos fuerzas armadas y de seguridad" (expte. FGR 7306/2021/CA1, sent. def. C181/24 del 29/5/24). Allí concretamente se concluyó que la primera instancia "no hizo más que aplicar consolidada doctrina del Tribunal Cimero del país según la cual `En materia de beneficios previsionales el derecho adquirido lo es a que se respete la situación del jubilado o retirado, y no a que el haber siga siendo determinado por las mismas reglas vigentes al tiempo de concederse el beneficio, ya que nadie tiene un derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentación o a la inmovilidad normativa´, además de que `Como regla no hay óbice para un cambio de las pautas aplicables al cálculo del haber jubilatorio, inclusive cuando de ello derive su reducción´ (Fallos: 320:2825, reiterada en `García, Guillermo Nelson e/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparos y sumarísimo´, CSJ 209/2013 (49-G)/CS1, sent. del 12/7/2016)."
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