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CARRANZA, MARIA CLARA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su pensión por fallecimiento. La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó aplicar la movilidad de haberes durante el período omitido.

Inconstitucionalidad Pension por fallecimiento Ley 27 541 Movilidad jubilatoria Decretos de emergencia Perjuicio economico confiscatorio


¿Quién es el actor?

María Clara Carranza

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de la pensión por fallecimiento

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó aplicar la movilidad de haberes durante el período omitido del 26/12/1990 al 28/02/1991. Difirió el tratamiento del planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y decretos dictados en consecuencia para la etapa de liquidación, a fin de evaluar si existe un perjuicio económico confiscatorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara señaló que si bien el juez de primera instancia aplicó la movilidad de haberes según los precedentes "Sánchez" y "Badaro", omitió el período del 26/12/1990 al 28/02/1991, por lo que corresponde modificar la sentencia y aplicar la movilidad también en dicho período.
- Respecto al planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y decretos, la Cámara consideró que corresponde diferirlo para la etapa de liquidación, a fin de evaluar si la aplicación de dichas normas genera un perjuicio económico confiscatorio para la actora.
- En disidencia, el juez Sánchez Torres consideró que no debe declararse la inconstitucionalidad, en línea con su voto en el precedente "Alonso".

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