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FORTUNA, MARIA MONICA c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - A.F.I.P. s/REPETICIÓN

La actora promovió demanda de repetición contra la AFIP por retenciones impositivas. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia para establecer que los intereses se computarán desde la fecha del reclamo administrativo.

Intereses Repeticion Afip Reclamo administrativo Retenciones impositivas Ley 11 683


- Actora: María Mónica Fortuna

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de retenciones impositivas

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que los intereses se computarán desde la fecha del reclamo administrativo presentado ante la AFIP, en lugar de desde cada retención, conforme lo dispuesto en el art. 179 de la Ley 11.683. Los jueces señalaron que correspondía tener por allanada a la parte actora respecto a este aspecto del recurso de apelación.

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