T, V L c/ OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO s/AFILIACIONES
La actora cuestionó la regulación de honorarios del abogado en primera instancia. La Cámara Federal de Apelaciones elevó la regulación al mínimo legal de 20 UMA.
¿Quién es el actor?
T, V L
¿A quién se demanda?
OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Afiliación a la obra social
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y fijó los honorarios del abogado de la actora en 20 UMA, en lugar de 12 UMA establecidos originalmente. Los jueces consideraron que, por tratarse de una acción de amparo, correspondía aplicar el mínimo legal de 20 UMA. La Cámara señaló que "los arts. 16 y 48 de las Ley N° 27.423 configuran un bloque normativo con determinación de pautas para fijar los honorarios que debe ser analizado y ponderado en conjunto al momento de efectuar las pertinentes regulaciones". Indicaron que "cuando un amparo no sea susceptible de apreciación pecuniaria a los fines regulatorios, se tomarán como pautas las contenidas en el artículo 16, con un mínimo de (veinte) 20 UMA". Si bien en disidencia, la jueza Liliana Navarro consideró que las costas de la alzada debían imponerse por su orden y no regular honorarios a los letrados actuantes en esta instancia.
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