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BELTRAMO, ANA ROSA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/VARIOS

Los actores presentaron un desistimiento de la acción que fue aceptado en primera instancia. La Cámara revocó esa decisión y ordenó la prosecución de la causa.

Costas Honorarios Desistimiento de la accion Prosecucion de la causa Consentimiento del demandado

No se especifica

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones revocó la resolución que había hecho lugar al desistimiento de la acción presentado por los actores. La Cámara consideró que, de acuerdo al art. 304 del CPCCN, una vez notificada la demanda, el desistimiento requiere el consentimiento del demandado, el cual se había opuesto. Por lo tanto, ordenó la prosecución de la causa según su estado y dejó sin efecto las costas y honorarios regulados en primera instancia. Los principales fundamentos fueron:
- El art. 304 del CPCCN establece que, una vez notificada la demanda, el desistimiento de la acción requiere el consentimiento del demandado.
- En el caso, el demandado se opuso al desistimiento, por lo que correspondía rechazarlo y continuar con el trámite de la causa.
- La normativa aplicable no deja lugar a interpretaciones diversas a la literal del art. 304 CPCCN.

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