GUDIÑO, DANIEL JORGE c/ A.N.S.E.S. s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el recálculo del haber conforme la doctrina de la CSJN.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GUDIÑO, DANIEL JORGE Demandado: A.N.S.E.S. Objeto: Reajuste del haber previsional La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda del actor por reajuste de su haber previsional. La Cámara señaló que corresponde actualizar las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.), y a partir de allí aplicar las pautas fijadas por la Ley 26.417, debiendo descontarse las actualizaciones ya efectuadas hasta la entrada en vigencia de esa ley. Asimismo, confirmó que para los aportes como autónomo deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas, en cada momento histórico, de conformidad con la doctrina de la CSJN en "Makler" y "Tognon". Por último, impuso las costas de segunda instancia por su orden, sin regular honorarios.
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