PEDERNERA OSFALDO ANSELMO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajuste de haber pensionario. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto a la determinación del haber inicial y los topes aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PEDERNERA, OSFALDO ANSELMO
Demandado: ANSES
Objeto: Reajuste de haber pensionario
Decisión: La Cámara confirmó la declaración de cosa juzgada respecto al recálculo del haber inicial y movilidad hasta 1995. Respecto a la aplicación del RIPTE en lugar del ISBIC y la inconstitucionalidad de ciertos artículos, declaró parcialmente desierto el recurso por no formar parte del pronunciamiento recurrido. Confirmó la inconstitucionalidad del tope del art. 9 de la Ley 24.463 en la medida que supere el 15% del haber. Respecto al impuesto a las ganancias, confirmó la decisión de primera instancia de no retener dicho impuesto, siguiendo la jurisprudencia de la CSJN.
Fundamentos principales:
- La sentencia anterior que recalculó el haber inicial quedó firme, por lo que no corresponde volver a analizarlo.
- El análisis de inconstitucionalidad del tope del art. 9 Ley 24.463 solo procede si la aplicación del tope importa un grave perjuicio económico al titular, debiendo confirmarse si la quita no supera el 15% del haber.
- Corresponde seguir la jurisprudencia de la CSJN en cuanto a la no retención del impuesto a las ganancias.
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