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QUINTEROS, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional por aplicación de las leyes de movilidad. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el recálculo del haber inicial conforme los criterios jurisprudenciales.

Costas Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Movilidad Ley 26 417 Reajuste de haberes previsionales Isbic


¿Quién es el actor?

QUINTEROS, JUAN CARLOS

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional por aplicación de las leyes de movilidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó a ANSES que determine el haber inicial del jubilado y reajuste el haber previsional conforme los términos expresados. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas. Rechazó los agravios de ANSES relativos a la aplicación del índice R.I.P.T.E. en lugar del ISBIC, la constitucionalidad de la Ley 27.426 y la exención del Impuesto a las Ganancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Confirmó la aplicación del precedente "Elliff" de la CSJN para la redeterminación del haber inicial, actualizando las remuneraciones con el ISBIC hasta febrero de 2009 y luego con la Ley 26.417.
- Reiteró la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463 sobre costas, aplicando el régimen general del CPCCN.
- Consideró que la jurisprudencia de la CSJN en "García, María Isabel" es vinculante respecto a la exención del Impuesto a las Ganancias.

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