CARDOZO, UBALDO ALBERTO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - P.F.A. Y OTRO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
El actor promovió demanda por incorporación del suplemento por Zona y Función Policial Operativa al haber mensual de retiro. La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al confirmar la procedencia del suplemento por Función Policial Operativa, pero revocar en cuanto al suplemento por Zona.
Incorporación del suplemento por "Zona" y "Función Policial Operativa" al haber mensual de retiro
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se confirma el reconocimiento del suplemento por "Función Policial Operativa" como remunerativo y bonificable, pero se revoca en lo relativo al suplemento por "Zona".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara considera que el suplemento por "Función Policial Operativa" tiene carácter general y por ende debe incorporarse al haber mensual, de conformidad con la jurisprudencia de la CSJN. En cambio, respecto al suplemento por "Zona", los informes indican que solo es percibido por un porcentaje acotado del personal policial, por lo que se trata de un suplemento particular y no general, por lo que no corresponde su incorporación al haber mensual de retiro. Se acoge el planteo de la demandada en cuanto a que las acreencias reconocidas deben ser satisfechas conforme el procedimiento previsto en la Ley 11.672 para el cumplimiento de sentencias contra el Estado.
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